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Contabilidad y tributación de Influencers en Perú.

La tributación de los influencers en Perú está asociada principalmente a los ingresos que estas generan por sus actividades en plataformas digitales, como redes sociales (Instagram, TikTok, YouTube, etc.), y los contratos de promoción o publicidad que realizan con marcas o empresas.
Al tratarse de una actividad económica que genera ingresos, los influencers deben cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes.

1. Impuesto a la Renta (IR)

Los influencers están sujetas al Impuesto a la Renta de acuerdo con los ingresos que obtienen de su actividad, ya sea por publicidad, patrocinios, venta de productos propios, colaboraciones con marcas o cualquier otra fuente de ingreso relacionada con su actividad en redes sociales. Dependiendo del tipo de ingresos y su estructura fiscal, los influencers pueden estar obligadas a pagar el impuesto en diferentes regímenes.
Régimen de Rentas de Tercera Categoría (Actividades empresariales)
Si el influencer realiza una actividad económica organizada, continua y con fines lucrativos (por ejemplo, si vende productos a través de sus redes sociales, tiene una empresa asociada a su imagen, etc.), debe tributar bajo el régimen de renta de tercera categoría. En este caso, los ingresos obtenidos se consideran como rentas de una persona jurídica o una persona natural con actividad empresarial, y estarán sujetos a una tasa progresiva que va de 10% a 29.5% sobre la renta neta (ingresos menos gastos deducibles).
Régimen de Rentas de Primera Categoría (Arrendamiento)
Si el influencer recibe ingresos por arrendar un bien, como una propiedad que usa para generar contenido, también se pueden generar rentas de primera categoría, que se gravan a una tasa de 5%.
Régimen de Rentas de Cuarta Categoría (Servicios Independientes)
Si el influencer se dedica a la prestación de servicios (por ejemplo, crear contenido para marcas o empresas como trabajadora independiente), debe tributar en el régimen de renta de cuarta categoría, bajo el cual sus ingresos estarán sujetos a una tasa de 8% sobre el monto neto de los ingresos obtenidos. El influencer deberá presentar sus declaraciones anuales y, dependiendo del monto, también deberá realizar pagos mensuales a cuenta.
Régimen MYPE Tributario (RMT)
Si el influencer tiene ingresos menores a 2,300 UIT (Unidad Impositiva Tributaria) anuales y su actividad se clasifica como empresarial, puede acogerse al Régimen MYPE Tributario, que tiene una tasa progresiva más baja (10% para los primeras 15 UIT y 29.5% para ingresos superiores).

2. Impuesto General a las Ventas (IGV)

En general, los influencers no están obligadas a pagar el Impuesto General a las Ventas (IGV) por los ingresos derivados de la prestación de servicios de publicidad y promoción, porque estas actividades están exentas de IGV.

Sin embargo, si el influencer vende productos (por ejemplo, merchandising, productos propios como cosméticos, ropa, etc.), estará obligada a recaudar el IGV sobre esos productos, si sus ingresos anuales superan las 150 UIT, o si su actividad se considera una venta de bienes en el mercado.
Servicios Exentos de IGV
La publicidad y el marketing, que son típicamente los servicios ofrecidos por un influencer (por ejemplo, promoción de productos o servicios de una marca) están exentos de IGV bajo la Ley del IGV.
Venta de Productos con IGV
Si el influencer vende productos, como cosméticos, ropa u otros, debe cobrar el IGV (18%) sobre el precio de venta y cumplir con las obligaciones de facturación y declaración ante la SUNAT.

3. Obligaciones de Facturación

Los influencers deben emitir comprobantes de pago electrónicos cuando generen ingresos por sus actividades. Si el influencer recibe pagos de empresas por servicios como promociones o publicidad, deberá emitir una factura electrónica o una boleta de venta electrónica dependiendo de si la transacción es con una persona jurídica (empresa) o persona natural (cliente final).

Además, el influencer está obligada a declarar y pagar el impuesto correspondiente sobre estos ingresos, ya sea mediante el Formularios 621 y 623 para la declaración mensual del IR, dependiendo del régimen en que se encuentre.

4. Retenciones por Servicios de Terceros

Si el influencer tiene contratos con empresas o marcas y recibe pagos por sus servicios de promoción o publicidad, las empresas pueden estar obligadas a realizar retenciones de impuestos. Las empresas contratantes deben retener un porcentaje del pago que le hacen el influencer y declararlo ante la SUNAT.
Las retenciones corresponden a la renta de cuarta categoría (si es un pago por servicios) y podrían ser del 8%, que la empresa le retendrá y luego pagará a la SUNAT en nombre del influencer.
Además, si el influencer trabaja bajo un régimen de renta de tercera categoría, la retención será diferente, y las tasas dependerán de los ingresos netos de la persona.

5. Seguros y Otros Impuestos

Dependiendo de la actividad que realice, el influencer puede estar sujeta a otros impuestos adicionales, como el Impuesto a la Solidaridad y el Impuesto Municipal, especialmente si opera con una actividad económica organizada que involucra la venta de bienes o la prestación de servicios dentro de una localidad específica.

También es importante considerar que, si el influencer tiene empleados o contratistas a su cargo (por ejemplo, un equipo de trabajo o una agencia), deberá cumplir con las obligaciones laborales y realizar las retenciones de los tributos sociales correspondientes, como el Aportación a la AFP o ESSALUD, si fuera el caso.

6. Plataformas Internacionales y Facturación Internacional

Muchos influencers peruanas reciben ingresos de plataformas internacionales, como YouTube, Instagram, TikTok, entre otras. En este caso, las plataformas realizan pagos a los influencers sin retener impuestos peruanos, ya que el pago se realiza desde fuera del país.

Sin embargo, el influencer debe declarar esos ingresos en Perú y pagar el Impuesto a la Renta correspondiente, considerando las deducciones y los pagos a cuenta que hayan sido realizados por la plataforma.

En conclusión

Los influencers en Perú tienen la obligación de tributar sobre los ingresos que obtienen por sus actividades en redes sociales, tanto si reciben pagos por servicios de promoción y publicidad como si venden productos.
Dependiendo de su nivel de ingresos y la forma en que se estructuran sus actividades económicas, deben inscribirse en el régimen tributario adecuado (como el régimen de cuarta categoría, tercera categoría o MYPE). También deben cumplir con las obligaciones de facturación, declaración y pago de impuestos como el Impuesto a la Renta y, en ciertos casos, el IGV.
Es recomendable que los influencers se asesoren adecuadamente con un contador o un abogado tributario para cumplir con todas las obligaciones fiscales y evitar sanciones por omisiones o errores en el pago de impuestos.

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